
Alerta OnlyFans: ARCA envió un aviso a creadores de contenido por no facturar sus ingresos
El fisco detectó inconsistencias en los montos declarados; expertos explican cómo facturar servicios al exterior y por qué el fisco tiene en el radar dinero que nunca entró al país
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Monetizar contenido en internet puede generar ingresos en dólares, pero no elimina las obligaciones fiscales que eso tiene en la Argentina. La advertencia le llegó esta semana a creadores de la plataforma de adultos OnlyFans, luego de que recibieran en sus domicilios electrónicos una “acción de control electrónico” por parte de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) por presuntos ingresos sin declarar.
Si bien la noticia se conoció a partir de un posteo anónimo en redes sociales, LA NACIÓN pudo confirmar con contadores la existencia de estas comunicaciones. En algunos casos, el fisco detectó que los creadores de contenido generaron a su nombre ingresos por entre US$200.000 y US$300.000 durante los períodos fiscales 2022, 2023 y 2024, aunque los contribuyentes involucrados afirman no haber recibido estos montos, ya que las cuentas eran administradas por terceros.
“De acuerdo con la información aportada por terceros, hemos detectado que obtuviste durante los períodos 2022 y/o 2023 y/o 2024 ingresos provenientes de actividad en cuentas de su titularidad y/o bajo su administración o gestión en plataformas digitales conocidas como redes sociales, los cuales no han sido debidamente declarados”, cita la comunicación, a la que tuvo acceso LA NACION.
Aunque ARCA fue consultada por este tema, no hizo comentarios al respecto.
Las “campañas de inducción” son una estrategia habitual del fisco, que utiliza cuando detecta inconsistencias o desvíos a partir de controles y cruces de información. En caso de corresponder, se invita al contribuyente a subsanar la inconsistencia fiscal detectada y presentar las declaraciones juradas omitidas. En cambio, si la información es incorrecta, se debe responder la acción de control manifestando la disconformidad y acompañarla con documentación respaldatoria.

“Recientemente se conocieron casos vinculados con creadoras de contenido de OnlyFans, que habrían recibido comunicaciones de ARCA por ingresos atribuidos a sus cuentas que no estaban declarados. En algunos casos, las afectadas sostienen que las cifras corresponden a la facturación generada por las cuentas administradas por agencias, pero no al dinero que efectivamente recibieron. Son situaciones que requieren analizar la documentación contractual y verificar quién era jurídicamente titular de esos ingresos”, señaló Diego Fraga, profesor de la maestría en derecho tributario de la Universidad Austral y fundador de Proyecta C.
La metodología
Aunque en esta ocasión el foco de atención estuvo puesto sobre creadores de contenido en OnlyFans, la misma lógica se aplica para diseñadores, programadores, especialistas en marketing y otros profesionales que ofrecen sus servicios a otros países del mundo. Incluso cuando el pago se recibe en una cuenta bancaria en el exterior, esos movimientos no quedan fuera del radar de ARCA.
“El intercambio internacional de información Fatca y CRS (cuando el contribuyente no adoptó ninguna estructura societaria en el exterior), sumados a los cruces patrimoniales, hacen posible su detección. Además, las campañas de inducción están expresamente reguladas y son, dicho por los propios directivos de ARCA, un elemento altamente eficiente para recaudar”, explicó Mariano Ghirardotti, socio principal en Estudio Ghirardotti.

Uno de los mecanismos de detección que tiene el fisco es el Common Reporting Standard (CRS), el estándar de intercambio automático de información financiera impulsado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), al que adhirió la Argentina, junto con más de 120 jurisdicciones. A través de este sistema, las jurisdicciones participantes intercambian información sobre determinadas cuentas financieras de residentes fiscales de otros países.
También existe un acuerdo FATCA con Estados Unidos y mecanismos de cooperación internacional que permiten solicitar información en determinados casos. Sin embargo, Estados Unidos proporciona información más limitada y no comprende automáticamente todos los saldos y movimientos de cuenta.
“A esto se suman los datos que ARCA obtiene de bancos, billeteras virtuales, plataformas de pago y otros regímenes de información, que permiten detectar inconsistencias entre los movimientos financieros y los ingresos declarados. De todos modos, hay que distinguir entre conocer la existencia de una cuenta, sus saldos o determinados movimientos y poder identificar con exactitud los ingresos que una persona obtuvo por su trabajo. No todas las plataformas están alcanzadas por los mismos mecanismos de intercambio ni toda acreditación constituye necesariamente una ganancia gravada”, explicó Fraga.
Cuando una prestación de servicio se realiza desde la Argentina, pero la utilización económica sucede en otro país, el contribuyente tiene la obligación de emitir una factura electrónica tipo E. Se trata del comprobante previsto para este tipo de exportaciones. El trámite puede realizarse desde el servicio “Comprobantes en línea” de ARCA, con la habilitación previa de un punto de venta para comprobantes de exportación.
La obligación también alcanza a quienes están inscriptos en el monotributo. Ser pequeño contribuyente no exime de facturar las operaciones con clientes extranjeros: lo que cambia es el régimen bajo el cual se pagan los impuestos. Para permanecer en el sistema simplificado, deben respetarse los límites de facturación o, de lo contrario, deben analizar su inscripción en el régimen general. En este último caso, también se suman las obligaciones que correspondan en materia de IVA y del impuesto a las Ganancias.
“La obligación del contribuyente es facturar, tributar según su encuadre. Le corresponde monotributo si es pequeño contribuyente, facturar con factura E sus servicios y analizar su situación frente a Ingresos Brutos (no en todas las jurisdicciones están exentas las exportaciones de servicios) y Bienes Personales (sobre las cuentas en el exterior y los bienes que posea). La no registración, o los incumplimientos en declarar ingresos, acarrean graves sanciones, además de devengar el pago de impuestos e intereses”, agregó Ghirardotti.
En épocas de cepo cambiario, era habitual que los trabajadores que brindan servicios al exterior cobraran en una cuenta fuera del país para evitar una pesificación forzosa. Sin embargo, en los últimos años el Banco Central (BCRA) modificó las normas cambiarias y actualmente las exportaciones de servicios de personas humanas pueden cobrar y conservar sus dólares sin límite de monto.
“Una distinción muy importante: se eliminó la obligación de pesificar estos ingresos, pero no la obligación general de ingresarlos al país. Las normas del Banco Central continúan estableciendo que los cobros por exportaciones de servicios deben ingresarse dentro de los 20 días hábiles desde su percepción, incluso cuando inicialmente se acrediten en una cuenta del exterior. Por lo tanto, quien cobra mediante una cuenta extranjera o una plataforma internacional debe analizar cómo cumplir con esa obligación cambiaria. No alcanza con emitir la factura y declarar los impuestos si, al mismo tiempo, se incumplen las normas del Banco Central”, cerró Fraga.




